Artículo de Investigación
Aproximaciones desde el trabajo social a la restitución de derechos de las víctimas de trata de personas
Approaches from Social Work to the Restitution of Rights of Victims of Human Trafficking
Abordagens do trabalho social à restituição dos direitos das vítimas de tráfico de pessoas
Autores:
Sandra Botero Gaviria1
Trabajadora Social, Esp. en Pedagogía y Desarrollo Humano. Mag. en Educación y Desarrollo Humano. Directora y Docente Programa de Trabajo Social, Universidad Libre Seccional Pereira - Colombia. Correo: sandra.botero@unilibre.edu.co
Resúmen
La formación profesional transita de manera imperativa hacia reflexiones cada vez más profundas sobre problemáticas que de manera emergente se posicionan en la sociedad, las mismas que hoy buscan no solo intervenir y responder a las necesidades del quehacer profesional, sino también, avanzar en la compresión y explicación de las causalidades y complejidades que integran las diferentes realidades sociales y sus impactos; siendo una de ellas la trata de personas, como fenómeno en permanente crecimiento, que requiere que desde el actuar académico propio del trabajo social se generen nuevos modelos, paradigmas comprensivos y movilizadores desde estrategias investigativas, preventivas e interventivas, reconociéndose tanto los diferentes abordajes como los planteamientos en las respuestas institucionales y contextuales a las víctimas, como sujetos de derechos.
Palabras calve:Trabajo Social, trata de personas, víctimas, derechos, restitución.
Abstract
Vocational training imperatively moves towards deeper reflections on issues that are emerging in society, the same ones that today seek not only to intervene and respond to the needs of professional work, but also to advance in the understanding and explanation of the causalities and complexities that make up the different social realities and their impacts; being human trafficking one of them, the, as a phenomenon in constant growth , which requires the intervention from the academic and the social work itself as well as new models, comprehensive and mobilizing paradigms generated from investigative work, preventive and interventional strategies, recognizing both the different approaches and the institutional perspectives and contextual responses to victims, as subjects of human rights. Keywords:Social work, trafficking victims, rights, recognition, restitution, new practices.
Resumo
A formação profissional caminha imperativamente para umas reflexões cada vez mais profundas sobre os problemas que vão surgindo na sociedade, os mesmos que hoje procuram não só intervir e responder às necessidades do trabalho profissional, mas também avançar na compreensão e explicação das causalidades e complexidades que compõem as diferentes realidades sociais e seus impactos; sendo um deles, o tráfico de pessoas, como um fenômeno em permanente crescimento, que exige que a partir da ação acadêmica do serviço social, novos modelos, paradigmas abrangentes e mobilizadores sejam gerados a partir de estratégias investigativas, preventivas e interventivas, reconhecendo tanto as diferentes abordagens quanto as perspectivas nas respostas institucionais e contextuais às vítimas, como sujeitos de direitos. Palavras chave: Trabalho social, tráfico de pessoas, vítimas, direitos, restituição.
"La vulneración de la integridad física, emocional... y especialmente de la dignidad humana, causa grandes daños a las personas que han sido víctimas de la trata de personas. y es allí, el momento de generar procesos de restitución de derechos que conlleven a la recuperación de lo perdido - a la restauración de sus vidas, y el camino para ello... será la Educación"
Se presentan en esta ponencia, algunas reflexiones realizadas desde la visión disciplinar del Trabajo Social, sus retos y quehaceres acerca de una problemática social de vigencia e importancia indiscutible relacionada con la trata de personas y su relación directa desde los alcances y nuevas prácticas de intervención para la restitución de derechos; reconociéndose así los diferentes abordajes y planteamientos como respuestas institucionales y contextuales a las víctimas del fenómeno
El fenómeno de la trata de personas, como un hecho complejo, dinámico, causal y dialéctico, se convierte en un tema solo hasta ahora abordado y analizado desde la perspectiva jurídica, generando aportes en esta área. Sin embargo, a pesar de la interdisciplinaridad que la construcción del conocimiento supone, en fenómenos sociales de esta magnitud, no se han realizado aportes para su abordaje desde la dimensión social, en los cuales se cimienta la realidad de este; y de igual manera, no existe el planteamiento de estrategias para su prevención y abordaje desde y para cada una de las dimensiones de la trata de personas con una intención desde la multidisciplinariedad.
Ahora bien, en relación con los procesos mismos que vive el país dentro de los cuales las condiciones de victimización surgidas desde diversas problemáticas ponen de manifiesto la importancia, significados y aprendizajes de un quehacer que, planificado metodológicamente, abordado comprensivamente, vivenciado en relación directa y constante con los seres humanos como sujetos activos de esas realidades, debe contribuir con aportes necesarios en temas como la atención integral, la inclusión de diversos enfoques desde niveles relacionales, intersectoriales, de género, ciclos vitales, problemáticas específicas, entre otros enfoques, donde situaciones como la trata de personas, requieren del concurso interdisciplinar y pertinente a la realidad social en la cual se inserta esta problemática.
Puede también el quehacer del Trabajo Social contribuir con elementos metodológicos que posibiliten la superación, mitigación e intervención, aportando también elementos reflexivos, que contribuyan en la formulación de políticas preventivas y el diseño de rutas de asistencia y atencion desde la restitucion de los derechos perdidos por la condición de víctimas, producto de la trata de personas.
La Trata de Personas: "La Esclavitud Del Siglo XXI"
La Trata de Personas, fenómeno muy antiguo, que tiene raíces en la historia de la humanidad y que estuvo ligado desde los orígenes a las guerras, la esclavitud y la objetivación sexual de las mujeres, reconocido solo a fines del siglo XIX e inicios del XX en lo que se denominó Trata de Blancas, concepto que se utilizaba para hacer referencia a la movilidad y comercio de mujeres blancas, europeas y americanas, para servir como prostitutas o concubinas generalmente en países árabes, africanos o asiáticos. Dicha movilidad, era fruto de secuestros, engaños y coacciones sobre mujeres inocentes y vulnerables con el objeto de explotarlas sexualmente (Ezeta, 2006) y específicamente en las "nativas africanas", que eran traficadas con un doble propósito: trabajar como mano de obra gratuita, para la reproducción de esclavos, es decir, la producción de más mano de obra regalada y servir de objeto sexual (Chiarotti, 2002).
Este Fenómeno se ha convertido en un problema global, que incluso tiene que ver con las relaciones internacionales, con la economía y con el uso de las tecnologías modernas de comunicación que hoy utilizan, lo que permite incrementar el número de mujeres, niñas y niños, especialmente traficados, asociado igualmente, con la migración (Crush, 2000), transformándose así, el tráfico de personas, en un grave problema que incrementa la violación de los Derechos Humanos.
En las últimas décadas, las Naciones Unidas y el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, han avanzado sustancialmente en la comprensión y tipificación del Fenómeno, así como en las obligaciones de los Estados para prevenirla, atenderla y sancionarla. En el año 2000 (Palermo) se suscribe el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente en Mujeres y Niñas, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, denominado como el Protocolo de Palermo, en el que afirma
a. Por "trata de personas" se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos;
b. El consentimiento dado por la víctima de la trata de personas a toda forma de explotación que tenga la intención de realizar descrita en el apartado (a) del presente artículo, no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados en dicho apartado;
c. La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción con fines de explotación, se considerará "trata de personas" incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios enunciados en el apartado (a) del presente artículo. (UNODC, 2012)
En Colombia los datos relacionados con el Fenómeno dan cuenta de un fenómeno social de esclavitud, que tiene un marco normativo cuya finalidad es garantizar la prevención, la atención y la restitución de derechos de las personas víctimas del mismo; sin embargo, habiendo una normatividad presente, se desconoce el cumplimiento de las mismas; razón que hace el interés de reconocer dicho Fenómeno no solamente desde lo punitivo, sino también desde la dimensión social.
Según el informe de la OIM, la trata interna en Colombia en los últimos años se ha venido complejizando, específicamente, con respecto a la explotación sexual, siendo una de las más catastróficas, no sólo por las dimensiones del problema, sino por las implicaciones que tiene para las personas en el marco de las condiciones de violencia y de narcotráfico en el país.
En este contexto, se reconoce que en el Estado colombiano la vigencia plena de los Derechos Humanos es un reto; no obstante, la normatividad existente privilegia su exigibilidad, la existencia de barreras institucionales, culturales, educativas, entre otras, constituyen un nivel especial de análisis por cuanto las brechas sociales expresadas en derechos de primera generación como lo son: los derechos sociales y políticos no garantizan su exigibilidad. Además de lo anterior se expresa la precariedad de sectores de la población, impulsados en ocasiones al ejercicio de situaciones delictivas para acceder a recursos y satisfacer así sus necesidades, la participación en delitos como la trata de personas donde las bandas de tratantes los convierten en víctimas y los someten a diversas formas de esclavitud, atrapándolos en mecanismos coercitivos y violentos que limitan su autonomía para salir de estas redes.
Los estudios que se realizan alrededor de la Trata de Personas, evidencian las inequidades y desigualdades de género que coartan el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres y niñas, que son sometidas a múltiples formas de violencias en los ámbitos públicos y privados, presentándose en todos los casos, violencia psicológica ejercida mediante el control, sometimiento, amenazas y chantajes, que trastornan la autonomía para decidir sobre asuntos importantes en su vida como el restablecimiento de relaciones personales sanas y equitativas.
En la trata de personas confluyen factores de tipo social, económico, cultural y político marcados por las desigualdades entre hombres y mujeres, por consiguiente, tanto la comprensión de la problemática, como las políticas, programas y proyectos de prevención y atención que busquen el restablecimiento de los derechos a las víctimas, deben ser integrales y parte central de esa integralidad es la perspectiva de género, razones por las cuales se hace indispensable abordar recomendaciones que incluyan registros desagregados por sexo, políticas públicas de prevención y de atención, seguimiento evaluación e investigación con un enfoque de género. (Universidad Nacional, 2008-2009)
De acuerdo con la revisión de literatura, uno de los primeros estudios realizados que identificó al menos cuatro modalidades de trata en el país (OIM, 2006a): explotación sexual, trabajo forzoso, reclutamiento forzado y servidumbre; de esas modalidades, la explotación sexual es la más común, como se confirma en otro documento de la OIM (2006b):
La trata de personas con fines de explotación sexual en Colombia se da tanto a nivel internacional (trata externa) como dentro del país (trata interna), siendo la primera modalidad mucho más conocida que la segunda. Japón y España se han identificado como los principales países de destino, tanto por el DAS, INTERPOL y la Policía Nacional como por la OIM. El 65% de los casos reportados de trata provienen de Japón.
Para comprender entonces, el abordaje que se pretende plantear desde la intervención del Trabajo Social, se conceptualizan las siguientes modalidades; todo ello en detrimento de los Derechos Humanos, como son:
Desde esta perspectiva y en el contexto de Colombia y la Ley, las víctimas de la trata de personas, han sido categorizadas con un rol secundario, centrándose en la criminalización del delito; desde la perspectiva de los Derechos Humanos, el fenómeno ha sido abordado como una vulneración de los mismos, atribuyéndose el origen de la trata de personas, entre otras, a causas por la inestabilidad política y económica de los países de origen de las víctimas, en donde la satisfacción de sus necesidades básicas es un tema de difícil resolución, especialmente para los grupos humanos en los que las mujeres, niños, niñas y jóvenes consideradas las poblaciones más vulnerables, son las más afectadas por este fenómeno.
En el sistema jurídico colombiano el fenómeno de la Trata de Personas es abordado directamente por la Ley 985 de 2005, que modifica el delito establecido anteriormente en el Código Penal y ordena la adopción de medidas de prevención, protección y asistencia para las víctimas de Trata, así como la creación de un sistema nacional de lucha contra el Fenómeno. Esta Ley fue reglamentada por el Decreto 4786 de 2008 el cual tuvo vigencia hasta 2012 y el Decreto 1069 de 2014:
De una manera muy particular, uno de los territorios de Colombia en el cual existe un alto índice de su población sometida a la trata de personas, es el Eje Cafetero, atribuyéndose entre otras causas, a dinámicas históricas, y la permanente migración de sus habitantes, situación considerada como una alternativa para resolver sus problemas económicos y para la gran mayoría, como la única forma de acceder a los recursos y la satisfacción de sus necesidades básicas y las de su grupo familiar.
El 8 de abril del 2013, el Diario del Otún , en la sección local, en el artículo denominado "Trata de personas ¿un negocio?, reporta:
El estudio que se realizó en China, Hong Kong y Panamá, comprobó que más del 70% de mujeres que se dedican a la prostitución son de tres departamentos del país: el Valle del Cauca, Antioquia y Risaralda. La situación en el departamento es más complicada, si se tiene en cuenta que Risaralda no tiene ni la mitad de habitantes que tienen los otros dos departamentos mencionados.
Estas condiciones al parecer han sido plenamente identificadas por las redes de tratantes que antes de contactar a sus víctimas, realizan un estudio preliminar y exhaustivo de las mismas, de sus familias y de sus condiciones de vida; información que al momento de abordarlas se convierte en un arma para convencerlas desde el ofrecimiento de recursos económicos para entregar a sus familias y realizar los trámites pertinentes para el viaje que les transformará su vida de una manera que jamás volverán a "pasar necesidades".
En qué va el reconocimiento y reparación de los derechos a las víctimas de la trata de personas
Se ha discutido mucho sobre la reparación a las víctimas, y el Gobierno ha asumido el camino más fácil: el de pretender reparar económica mente los daños que la violencia ha causado, sin asumir que faltó a su deber de garantizar el respeto de los Derechos Humanos. Es así que, dentro de las medidas de reparación a la víctima, la Restitución consiste en:
Devolver a la víctima a la situación anterior a la violación (…). al restablecimiento de la libertad, el disfrute de los Derechos Huma nos, la identidad, la vida familiar y la ciudadanía, el regreso a su lugar de residencia, la reintegración en su empleo y la devolución de sus bienes. (Naciones Unidas, 2005)
Desde la perspectiva de derechos, asumimos el reto de profundizar en los derechos como bienes que incluyen de manera constituida los valores de la dignidad, la integridad corporal y las libertades políticas; donde precisamente la trata de personas, se constituye en una violación de los Derechos Humanos y de las libertades que afectan principalmente a las víctimas.
La vulneración de los derechos no es igual a la manera que se da la reparación de alguien. “Puede repararse una cosa, no una persona. Pero, por sobre todo, solamente la víctima puede determinar, desde su dimensión moral, el alcance de la reparación del daño ocasionado a su patrimonio subjetivo” (Orjuela 2009).
Siendo evidente que la vulneración de los derechos de las víctimas consagrados en el Convenio Internacional sobre los Derechos Civiles y Políticos (1966); estarían dimensionados por: ninguna distinción en razón del sexo, ningún trato cruel, inhumano o degradante, Derecho a la Igualdad y a la Dignidad, Derecho a la No Discriminación, Derecho a la Vida, a la Libertad y Seguridad, entre otros.
Y es allí, cuando la restitución devuelve a la sobreviviente a la situación anterior a la violación de las normas internacionales de derechos humanos. Ésta comprende, según corresponda, el restablecimiento de la libertad, el disfrute de los Derechos Humanos, la identidad, la vida familiar y la ciudadanía, el regreso a su lugar de residencia, la reintegración en su empleo y la devolución de sus bienes, y otras.
En consecuencia con lo planteado, y relacionado específicamente con la necesidad desde el Trabajo Social de comprender e intervenir acertadamente en relación al reconocimiento de los derechos vulnerados y generar acciones de restitucion de los mismos; se hace imperativo reconocer entonces, desde el quehacer del trabajo social, que las condiciones de las personas víctimas de la Trata de Personas, si bien es cierto no corresponden de forma lineal a las condiciones de las víctimas propias de otras situaciones —como conflicto armado, fenómenos naturales y algunos desastres antrópicos—, no obstante, compartir condiciones de vulneración de derechos y de vulnerabilidad económica, sí lo es el reconocer que en ciertos casos estas condiciones y el ambiente facilitan el involucramiento a estas problemáticas, bien sea desde la libre elección hasta las condiciones extremas de vida que encuentran, en esta apuesta, como opción de vida.
El Trabajo Social... En el fenómeno social de la Trata de Personas
El Trabajo Social es una profesión que nace como una actividad filantrópica, de cari dad y beneficencia, su origen como acción organizada, regulada e institucionalizada con participación del Estado y desarrollada por quienes serían sus primeros pioneros, personas que recibieron una preparación determinada para asistir mejor al necesitado, que al dar inicio a la profesionalización de la Asistencia y los Servicios Sociales, marca un hito importante al constituir esta experiencia hacia el desarrollo de la profesión a nivel mundial
Hoy en las nuevas perspectivas y líneas de actuación el Trabajo Social se sitúa como disciplina de las ciencias sociales, que inter viene sobre fenómenos sociales en realidades familiares, grupales y comunitarias bajo métodos de intervención específicos. Donde el profesional de Trabajo Social, entrega y orienta soluciones según las posibilidades del caso y del entorno, y abre los caminos para hacer llegar la ayuda, considerando siempre que las personas son gestores de su propio cambio, son quienes deben decidir qué hacer, y hacerlo. “Esto significa que la tarea funda mental del Trabajador Social es comprender su intervención al cambio desde ser suje tos y no objetos de transformación” (Freire, 2010, p. 3). Desde estos planteamientos, es la Trata de Personas, un fenómeno social que se encuentra presente en la realidad actual; que desde la perspectiva contemporánea, permite reconocer la necesidad y oportunidad de investigar e intervenir de manera interdisciplinar, integral, e intersectorial, los aspectos sociales que se encuentren presentes en el mismo; constituyéndose como un escenario en el cual el objeto de estudio e intervención de la profesión/disciplina, lo constituyen las personas, los grupos, las familias, las comunidades, y sus espacios de vida y actuación; en los cuales la problemática se hace presente en sus diferentes modalidades y complejidades y en la afectación propia de los grupos poblacionales, que son vinculados a este delito desde sus altos niveles de vulnerabilidad social.
Es así, que el fenómeno de la trata de personas, se convierte en un tema, en el que los estudios académicos, lo han abordado y analizado desde la perspectiva jurídica (centrándose en la criminalización del delito), generando aportes en esta área, mas no desde lo social y su impacto, siendo un abordaje que apenas está iniciando los procesos de investigación y de allí el interés mismo de estudiarlo y de reconocer la realidad de las víctimas y las posibles formas de comprensión y de intervención. Como lo afirmo Antonio María Costa, Director Ejecutivo de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, en la introducción al resumen ejecutivo del informe más reciente de UNODC (2009a):
Únicamente si entendemos la profundidad, la amplitud y el alcance del problema podremos abordar la segunda cuestión, es decir, la forma de contrarrestarlo. Hasta ahora no hemos logrado acumular muchos conocimientos y, por tanto, las iniciativas han sido insuficientes y deshilvanadas. La política sólo puede ser eficaz si se basa en pruebas fehacientes, y hasta ahora esas pruebas han sido más bien escasas. (p. 2)
Para el profesional en Trabajo Social el abordaje de la problemática de Trata de Personas, debe caracterizarse por concebir e interpretar un conjunto amplio de prácticas sociales e institucionales, a partir de las cuales pueda ser entendida y comprendida la garantía y asistencia a las víctimas desde una perspectiva de derechos y todo lo que ello significa, toda vez que se requieren acciones para garantizar el cumplimiento de la normatividad y la actuación en el contexto de las víctimas, y la inclusión, ofreciendo diferentes enfoques y posibilitando desde el ejercicio profesional la restitución de los mismos, evitando la re-victimización a la que pueden versen sometidas
Es necesario no continuar re-victimizando el trabajo desde y con las víctimas, sino empezar a verlas como personas más con una condición de potencialidades y posibilidades identificando su condición de sobrevivientes que desean recuperar sus vidas, dar testimonios desde sus experiencias y no ser excluidas, sino incluirse, valorarse y reconocerse como sobrevivientes por la situación vivida.
De allí la importancia y necesidad de revisar posibles procesos, programas, protocolos, modelos o rutas, entre otras acciones positivas que existan en el territorio, frente a la prevención de la trata y la atención a las víctimas, indagando no solo lo normativo sino lo social, lo familiar, procurando preservar en esta indagación los principios del desarrollo y dignidad humana, en este contexto social.
Se requiere una compresión real del problema desde las estructuras contextuales, políticas y familiares, información que facilite el desarrollo de los momentos existentes y garantice la adecuada prevención de la problemática de la Trata de Personas y la restitución de los derechos a las víctimas.
Reflexiones
A manera reflexiva y desde las nuevas apuestas de intervención, frente a fenómenos sociales emergentes, donde el Trabajo Social puede y debe ser protagonista en aras a procesos de cambio y de transformación social, se hace eminente el tener en cuenta, algunas de las siguientes pretensiones:
Bibliografía